El impuesto sobre Sucesiones no es el único tributo que grava las herencias en España. Otro impuesto, menos conocido y que depende de cada ayuntamiento, también irrumpe en numerosos casos de forma más gravosa. Se trata del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, la llamada plusvalía municipal en su modalidad «mortis causa». Cuando el propietario de un inmueble fallece y lo transmite a sus herederos, estos deben pagar la apreciación del inmueble desde que el finado se hizo con la casa hasta que la lega. Esta modalidad de la plusvalía municipal ingresa más de 600 millones de euros al año, según cálculos aproximados de ABC en base a los datos de grandes capitales y expertos consultados.
Ello se acerca a lo que recaudan otros tributos locales como el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras –con 674 millones–, supera la recaudación del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica a las empresas –463 millones– y supone en torno a un 1,6% de los ingresos locales, además de un 25% de los 2.423 millones que ingresan las comunidades por otro impuesto, el de Sucesiones. Como fuere, no hay cifras oficiales conjuntas en España de lo que supone la plusvalía municipal pagada por herederos, hay que ir consistorio a consistorio. Según la respuesta del Ministerio de Hacienda a la solicitud de información de este diario a través del Portal de Transparencia, «este dato no está disponible a ese nivel de detalle».
Al solicitar dicha estadística al mayor ayuntamiento del país, el de Madrid, ha respondido que los ingresos «mortis causa» de la plusvalía ascendieron a 166 millones de euros en 2017, un 27% de la recaudación por plusvalía municipal, que fue de 612 millones, con 688 de derechos netos reconocidos, es decir, ingresos que el consistorio tiene comprometidos aunque no los haya recaudado este año. El impuesto lo pagaron 50.875 madrileños en 2017, lo que da una factura media de 3.266 euros por cabeza. En comparación, por ejemplo, el impuesto de Sucesiones en el conjunto de la Comunidad de Madrid ingresó 420 millones en 2016.
En el caso del ayuntamiento de Málaga, los ingresos ascienden a 19 millones, un 31% de los 62 millones que ingresó en 2016. Según el artículo 104 de la ley de Haciendas Locales, los ayuntamientos pueden bonificar hasta el 95% de la cuota del impuesto en transmisiones «entre cónyuges o a favor de los hijos», aunque depende de cada consistorio.
La comparativa con Sucesiones es inevitable. «Dado que se trata de un impuesto hoy en día fuertemente bonificado en muchas comunidades, la carga tributaria por el impuesto de plusvalías municipales puede superar en algunos casos el 1.000% de lo pagado en Sucesiones», reflexiona Juan José Rubio, catedrático de la universidad de Castilla-La Mancha y miembro de las comisiones de expertos para las reformas de la financiación autonómica y local.
Si bien cada tributo grava hechos diferentes –uno se centra en la herencia y otro en la transmisión de inmuebles– y uno es local y el otro autonómico, Sucesiones cuenta con bonificaciones a herederos directos que atienden a la cuantía de la herencia en todas las comunidades. «Hay mayores abusos en determinadas herencias por ello», asevera sobre la plusvalía «mortis causa» José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, al repasar que puede haber inmuebles más difíciles de vender para obtener liquidez. La plusvalía municipal «mortis causa» cuenta con bonificaciones según cada ayuntamiento y algunos de ellos tienen en cuenta que el heredero resida en la localidad.
Asimismo, algunos críticos señalan que el impuesto fomenta la especulación, ya que se pueden dar casos en los que se herede y, por no llegar a los umbrales de Sucesiones, no se pague este impuesto y al vender el inmueble en un año tampoco se pague la plusvalía.
«Es un impuesto que está obsoleto y hay que suprimir. Uno de los motivos es que grava la herencia sin tener en cuenta las características del sujeto que recibe. Además, cuando alguien vende una vivienda, declara la ganancia patrimonial en IRPF. Si encima paga plusvalía, ¿qué sentido tiene?», cuestiona Alain Cuenca, profesor de la universidad de Alcalá y miembro de la comisión de la reforma autonómica, que apunta a que en numerosos casos hay cierta «confusión» de contribuyentes que pagan el impuesto creyendo que es Sucesiones, lo que alimenta la oposición al tributo.
Realmente el impuesto de «plusvalía municipal», en su conjunto, está siendo cuestionado en los tribunales. El principal motivo es que el Constitucional lo tumbó en los casos en los que hay pérdidas. El dictamen llegó antes del verano pasado, pero pese a ello la legislación continúa sin reformar, pese al alud de recursos que han llegado a tribunales y ayuntamientos. Juzgados de Madrid, Cuenca, Valencia y Albacete también han aprobado sentencias en contra del impuesto en casos en los que había plusvalías. La razón es la fórmula con la que los ayuntamientos calculan la revalorización del suelo, en base a los valores catastrales, aplicando coeficientes que calculan su comportamiento a futuro. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana llegó a señalar que el tributo era confiscatorio. Hay casos incluso en los que el impuesto es muy superior a la plusvalía en sí. El Gobierno tiene listo desde el pasado estío un borrador de ley que, tras algunos cambios y pactarlo con la Federación de Municipios, registró hace un par de meses el grupo popular en el Congreso. Pese a que la futura legislación grava las compraventas que se producen en un año y permite presentar los valores de escritura cuando se pueda demostrar que no ha habido ganancias, no permite presentar los valores reales en el resto de casos. Los expertos así lo recomendaron el pasado verano. La reforma del tributo sigue durmiendo el sueño de los justos.